Desgravación del 15% de IRPF por comprar coches eléctricos The Talks Today
Desgravación del 15% de IRPF por comprar coches eléctricos

Desgravación del 15% de IRPF por comprar coches eléctricos

Desgravación del 15% de IRPF por comprar coches eléctricos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 29 de junio anuncia una desgravación del 15% de IRPF por la compra de coches y motocicletas eléctricos que sean adquiridos por particulares hasta el 31 de diciembre de 2024.

Los vehículos no podrán estar relacionados con una actividad económica y deben estar matriculados por primera vez en España a nombre del contribuyente. Las condiciones para poder acceder a este beneficio fiscal son o bien comprar el vehículo íntegramente en ese periodo o bien dejar una señal de al menos el 25% del precio del vehículo, pero debiendo abonar el resto al año siguiente, 2025.

En ambos casos, la base máxima de la deducción será 20.000 euros y estará constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debiendo descontar aquellas cuantías que, en su caso, hubieran sido subvencionadas o fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas.

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La desgravación del IRPF incluye coches, cuadriciclos y motocicletas eléctricas

Los modelos de los vehículos deberán figurar en la Base de Vehículos del IDAE. Los vehículos deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes: turismos M1, cuadriciclos ligeros L6e, cuadriciclos pesados L7e, motocicletas L3e, L4e, L5e.

En el caso de los turismos M1 deben ser Vehículos eléctricos puros (BEV), Vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV), Vehículos híbridos «enchufables» (PHEV), Vehículo eléctrico de células de combustible (FCV), Vehículo eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV).

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Por su parte, las motocicletas, entre otros requisitos, deben estar propulsadas exclusivamente por motores eléctricos y estar homologados como vehículos eléctricos.

Deducción del 15% de IRPF para la instalación de puntos de recarga

La medida también contempla deducciones en el IRPF del 15% por la instalación de puntos de recarga. Eso sí, estos sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no pueden estar vinculados a una actividad económica. Además, esta instalación debe de producirse en inmuebles de la propiedad del beneficiario.

Esta desgravación de IRPF contempla la inversión en equipos y materiales, gastos de instalación de los mismos y las obras necesarias para su desarrollo. La instalación no podrá ser posterior a 2024 y debe contar con los permisos necesarios para llevarla a cabo.

La base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros anuales. Se dejará de disfrutar si este sistema se vincula con alguna actividad económica posteriormente.